CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE CERAMICA CHULUCANAS.
Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte PATRICIA DEL PILAR CALDERÓN OSCANOA, con RUC N°104547777, inscrita en los Registros Públicos de LIMA, Ficha N° 5487, debidamente representada por su ABOGADO, señor ALLEN RODAS MENDOZA, identificado con Libreta Electoral N° 458759878, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa WEST DESIGN, con domicilio en , debidamente representada por su PEINNAVENUE 542 , señor JEAN PIERRE CASSANOVI, identificado con 16541534, en adelante ELCOMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA:
Objeto del contrato:
Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes: MERCANCÍA: CERÁMICOS DE CHULUCANASCANTIDAD: 100 CAJAS DE 2 UNIDADESCALIDAD: SUPERIORESPECIFICACIONES: CERÁMICAS ORIGEN CHULUCANAS – PIURA, ALTURA 0.50 PIES, PESO 20 KGRS.
SEGUNDA: Precio:
El precio de la mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de 50 DOLARESAMERICANOS.
TERCERA: Condiciones de entrega
Las partes acuerdan que la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos CIF (señalar el término de entrega pactado de acuerdo a los INCOTERMS, versión 2010).
CUARTA:
Tiempo de entrega
Las partes convienen en que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará 30 DIAS (especificar fecha o período de entrega – fecha de embarque en el caso que resulte aplicable), fecha en la cual EL VENDEDOR deberá cumplir con esta obligación.
QUINTA:
Forma de entrega
EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes: PRESENTACIÓN CAJA DE CARTON (señalar la forma de embalaje y la expedición de la mercadería).La forma de transporte a utilizar será bajo la modalidad de TRANSPORTE MARÍTIMO (indicar si se trata de transporte marítimo, aéreo, terrestre o multimodal y la empresa transportista encargada).
SEXTA:
Inspección de los Bienes
Las partes convienen en que la inspección de la mercadería será realizada ANTES DEL EMBARQUE, DISTRITO CALLAO, PROVINCIA CALLAO, DEPARTAMENTO LIMA. PERU(señalar si antes o después del embarque y el lugar de inspección).
SEPTIMA:
Condiciones de pago
EL COMPRADOR se obliga al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la modalidad de CRÉDITO DOCUMENTARIO (señalar la modalidad convenida: pago a través de una cuenta bancaria abierta a favor de EL VENDEDOR, pago a través de una Advance Account, Crédito Documentario).FORMA DE PAGOPLAZO DE PAGO 30 DIASMEDIO DE PAGO BANCO CONTINENTALGASTOS BANCARIOS 5%
OCTAVA: Documentos
EL VENDEDOR deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos: Certificado de Origen (se hará referencia a los documentos a ser remitidos por EL VENDEDOR de acuerdo a las condiciones de entrega que hayan sido pactadas; los cuales pueden diferir en relación a los que sean solicitados si la forma de pago es una Carta de Crédito).
NOVENA:
Resolución del Contrato
Las partes podrán resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
DECIMA:
Responsabilidad en la Demora 15 (sólo en caso de que se haya modificado el tiempo de entrega estipulado en el contrato. Se hará referencia al porcentaje a pagar sobre el precio de la mercadería en función al tiempo transcurrido y por los posibles daños que haya sufrido la mercadería).
DECIMO PRIMERA:
Ley Aplicable Art. 1529 del Código Civil Las partes acuerdan que la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la(Señalar el país de la ley aplicable o, de ser el caso, la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional).
DECIMO SEGUNDA:
Solución de Controversias
Para los efectos del presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Lima, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera voluntaria. Firmado por duplicado, a los 12 días del mes de JULIO del 2010 en la ciudad de Lima.
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EL VENDEDOR EL COMPRADOR
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